DEBE SEMOVI INFORMAR SOBRE VISITAS DE VERIFICACIÓN PARA CONSTATAR LA ACCESIBILIDAD DEL TRANSPORTE PÚBLICO

Boletín: DCS/232/2022 Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México
23 de noviembre de 2022

  • El Pleno del INFO CDMX aprobó un recurso para que esa dependencia entregue información sobre registros que haya hecho el INVEA al servicio de transporte público.
  • De acuerdo con información del INEGI 2020, el 5.7% del total de la población en el país tiene alguna discapacidad: Comisionada Marina San Martín

El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) instruyó a la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) a que informe si cuenta con registros de acciones realizadas a favor del derecho a la movilidad de personas con discapacidad; en caso afirmativo, que proporcione estos registros.

La SEMOVI también deberá dar a conocer si ha requerido al Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) realice visitas de verificación para asegurar que el servicio de transporte cuente con las características básicas y los registros de acciones realizadas a favor del derecho a la movilidad de personas con discapacidad.

Durante la cuadragésima segunda sesión ordinaria del Pleno, la Comisionada Ciudadana Marina San Martín Rebolloso expuso el recurso INFOCDMX/RR.IP.5374/2022, en donde una persona requirió saber si la entidad ha requerido al INVEA realizar visitas de verificación para asegurar que el servicio de transporte cuente con las características del Manual del Equipamiento Básico.

En caso afirmativo, el número de solicitudes, así como si cuenta con registros de acciones realizadas a favor del derecho a la movilidad de personas con discapacidad. En caso afirmativo, que proporcione estos registros.

Al exponer el recurso, el cual se aprobó por unanimidad, la Comisionada San Martín explicó que, en respuesta, el sujeto obligado respondió que correspondía al INVEA de la Ciudad de México llevar a cabo las verificaciones, por lo tanto, no era competente.

Por lo anterior, se determinó revocar la respuesta de la Secretaría de Movilidad, ya que, de un análisis a la normativa aplicable, se encontró que cuenta con la Jefatura de Unidad Departamental del Centro de Revista, la cual tiene como una de sus atribuciones organizar visitas de verificación al transporte público, por lo tanto, tiene competencia para responder a lo peticionado.

Una vez expuesto el caso, la Comisionada Ciudadana destacó que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, del INEGI, el 5.7% del total de la población en el país tiene alguna discapacidad.

Añadió que, del total de las personas con discapacidad, 2.7 millones reporta que caminar, subir o bajar, así como ver, aun usando lentes, son las actividades con mayor dificultad para su realización.

Finalmente, indicó que, desde la construcción de la Línea 2 del Metrobús, se implementaron medidas de accesibilidad en este transporte como rampas para banqueta, placas braille y semáforos peatonales auditivos.