El Derecho al Cuidado es una responsabilidad colectiva y el Estado debe garantizarlo

Boletín 108/2024
30 de octubre de 2024

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La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, hizo un llamado a superar las barreras sociales para garantizar el ejercicio del derecho al cuidado, toda vez que es autónomo y progresivo.

Así lo destacó al participar en el Conversatorio «Cuidados: Misión u Omisión», convocado por el Diputado Roy Torres, del grupo parlamentario Movimiento Ciudadano, en el Congreso capitalino.

Explicó que “cuidar, ser cuidado y el autocuidado” son las tres dimensiones por las que todas las personas pasamos en algún momento de nuestras vidas. Sin embargo, apuntó, no es lo mismo en el caso de la primera infancia, de niñas y niños, personas con discapacidad o personas mayores.

Apuntó que hace poco tiempo Argentina solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) una Opinión Consultiva respecto a que si el derecho al cuidado es un derecho autónomo.

En la Constitución Política de la Ciudad de México (Artículo 9, apartado B), dijo, está establecido el carácter autónomo del derecho al cuidado y aplica su obligatoriedad para el Estado, de proveer todo lo necesario para garantizarlo.

El derecho al cuidado tiene muchos retos institucionales para su ejercicio, porque requiere de una mirada diferenciada a partir de los Grupos de Atención Prioritaria establecidos en la Carta Magna local.

En la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se llama a romper la visión de la discapacidad como una observación médica y verla desde la perspectiva social.

La Ombudsperson capitalina consideró que dichas barreras sociales deben superarse en la discusión y análisis del derecho al cuidado, ya que hay estigmas o ideas “occidentalizadas y colonialistas” que impiden su ejercicio y atención a las necesidades específicas de cada población.

Si bien actualmente no hay las condiciones para operarlo, no se debe retroceder en la visión de derechos. Es necesario analizar toda la dimensión de un Sistema de Cuidados, pero también de un Sistema de Apoyos.

Subrayó que es responsabilidad del Estado la atención a la niñez que se encuentran con sus madres en centros penitenciarios, por lo que no se puede criminalizar esa maternidad en la Ciudad. El derecho al cuidado no es individual, sino colectivo que atañe a todas, todos y todes.

En el Conversatorio participaron personas expertas y activistas sociales, quienes dialogaron sobre la omisión de cuidados y por qué su actual tipificación como delito es contraria a su ejercicio como derecho.

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El Derecho al Cuidado es una responsabilidad colectiva y el Estado debe garantizarlo
Fuente: Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

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Author: CDHCM