Boletín 10/2024
29 de enero de 2024
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A 16 años de su publicación, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concebida como un instrumento normativo integral confeccionado desde una perspectiva de género para permitir materializar el acceso a la justicia y reparación de daños de las víctimas de violencia de género; que abona al reconocimiento y caracterización de formas de violencia que fueron invisibilizadas en otras legislaciones, como son la obstétrica, institucional o política; sin embargo, es importante apuntalar la necesidad de mantener su vigencia frente a las nuevas dimensiones de la violencia en contra de las mujeres y de generar acciones estratégicas y de política pública.
Es indispensable acelerar el paso, puesto que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, da cuenta de que la Ciudad de México es una de las entidades con mayor violencia experimentada por mujeres a lo largo de su vida con 76.2%, cifra que cuestiona la garantía de la protección integral que promueve nuestro marco normativo.
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) ha emitido diversos instrumentos recomendatorios sobre la atención a las distintas formas de violencia: la Recomendación 10/2023 señala la violencia obstétrica como una violencia basada en el género; en cuanto a violencia institucional se emitió la 01/2023 por casos en que se documentaron irregularidades, deficiencias y omisiones por parte de las autoridades; también emitió el instrumento 01/2022 sobre la garantía de acceso a la justicia y la protección, pilares en la atención a las mujeres y víctimas de violencia señalando las deficiencias para brindarles una atención integral.
El Congreso de la Ciudad de México ha propuesto acciones importantes y urgentes para erradicar la violencia de forma integral incorporando a la Ley diversas disposiciones a través de reformas, como la obligación de brindar a las mujeres información veraz y suficiente que les permita decidir sobre las opciones de atención y orientación para ser tratadas conforme a derecho; la reforma para brindar servicios reeducativos a las personas agresoras; así como la modificación para que cada una de las alcaldías cuente con un refugio para recibir a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijas e hijos, aunque en la actualidad solo operan ocho en igual número de demarcaciones.
La CDHCM reconoce que existe un marco normativo adecuado para abordar de manera integral la violencia de género y garantizar la justicia para las personas afectadas por esta problemática; no obstante, aún queda un largo camino para cumplirla a cabalidad y será un desafío mantenerla actualizada con los más altos estándares de derechos humanos que se desarrollan a nivel global.
Al mismo tiempo, hace un llamado a todas las instituciones y personas servidoras públicas que participan en la formulación de acciones a favor de la igualdad de género para que reconozcan los derechos humanos y la protección de las mujeres en toda su diversidad, incluidas las mujeres trans.
Es fundamental mantener vigente el objetivo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
Fuente: Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.
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Author: CDHCM