Boletín 04/2024
9 de enero de 2024
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores -en vigor desde 2017- reconoce a las personas mayores como un grupo de atención prioritaria con derecho a un sistema integral de cuidados que provea la protección y promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimentaria y nutricional, agua, vestuario y vivienda, con especial énfasis en que la persona mayor pueda decidir permanecer en su hogar y mantener su independencia y autonomía.
Por tanto, dicha Convención establece la obligación para los Estados Parte de adoptar medidas tendientes a desarrollar un sistema integral de cuidados que tenga especialmente en cuenta la perspectiva de género y el respeto a la dignidad e integridad física y mental de la persona mayor.
Al respecto, el Estado mexicano depositó el instrumento de adhesión a la citada Convención Interamericana apenas el 28 de marzo de 2023 con el que se estableció la entrada en vigor para el país el 27 de abril de dicho año. A partir de esto, México tiene la obligación no sólo de desarrollar dicho sistema sino de adoptar las medidas necesarias para armonizar el marco normativo y que éste contribuya a garantizar dicho derecho para las personas mayores.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver el Amparo Directo 6/2023 en sesión de 18 de octubre de 2023, destacó que todas las personas tienen derecho humano a cuidar, a ser cuidadas y al autocuidado, y el Estado tiene un papel prioritario en su protección y garantía. Se destacó la necesidad de adoptar medidas para contar con la posibilidad de delegar los cuidados y que éstos sean proporcionados por otros sectores de la sociedad, entre los que destaca el Estado, en condiciones dignas y de calidad.
En ese sentido, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) celebra la reforma publicada el pasado 3 de enero en el Diario Oficial de la Federación al Código Nacional de Procedimientos Penales que contribuye a garantizar que, dentro de los procesos penales, las personas imputadas desde el momento de su detención pueden solicitar asistencia social para personas mayores cuyo cuidado personal tenga a su cargo.
Lo anterior, contribuye no sólo a visibilizar el derecho al cuidado y la importancia de contar con un sistema que permita garantizarlo para todas las personas en todos los momentos de vida, sino que pone en el centro los impactos que los procesos penales conllevan para las familias pues la privación de la libertad de un integrante del núcleo familiar provoca afectaciones en todas las personas miembro de la familia lo que a su vez pone en riesgo el disfrute y ejercicio de diversos derechos humanos, entre los que se destaca el derecho al cuidado de niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores.
CDHCM celebra la adopción de medidas que permitan garantizar el derecho al cuidado de las personas mayores dentro de los procesos penales
Fuente: Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.
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Author: CDHCM