Con la entrada en vigor del Plan B electoral, que implicó el cese inmediato del secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE) Edmundo Jacobo Molina, la autoridad electoral presentó de inmediato una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
“La autoridad electoral refrenda su compromiso con el cumplimiento de la ley; sin embargo, este decreto es inconstitucional al invadir competencias de la autoridad electoral y contravenir derechos amparados por la Constitución», señaló.
«Por ello, el INE ha presentado ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación un juicio electoral”, concluyó.
El INE explicó que el artículo 41, base V, apartado A, noveno párrafo, de la Carta Magna establece que el Secretario Ejecutivo será nombrado con el voto de las dos terceras partes del Consejo General, a propuesta de su Presidente.
Recordó que, bajo ese criterio, el 6 de febrero de 2020, el Consejo General designó a Edmundo Jacobo Molina como titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, por un nuevo periodo de seis años.
Apuntó que, además, la Constitución precisa que no pueden expedirse leyes privativas, es decir, en contra de una persona específica.
El órgano electoral enfatizó que, pese a la salida de Edmundo Jacobo Molina, prevalece la instrucción de las 11 consejeras y consejeros electorales para que quien ostente la representación legal del INE impugne la reforma electoral por las múltiples inconstitucionalidades que presenta.