La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se negó a amparar a Grupo Evya, empresa que recibió contratos por más de 10 mil 901 millones de pesos de Pemex, cuando la paraestatal era dirigida por Emilio Lozoya Austin; el ex funcionario también intervino para que un allegado suyo, Fausto Miranda, tomara el control de esa firma en 2014.
Evya, que rentaba buques y plataformas marítimas a Pemex, ya tenía un primer concurso mercantil promovido a finales de 2018; sin embargo, un año después solicitó uno nuevo, el cual le fue negado, pues conforme a la ley no pueden promoverse varios de estos procesos para una sola empresa.
La quejosa buscaba seguir cobrando sus contratos pendientes, pues alegaba que con la intervención judicial del primer concurso mercantil se le había privado de cualquier ingreso, lo que le impide hacer cobros y “a la postre la obliga a incumplir generalizadamente con sus obligaciones de pago”, señalaba en su demanda.
Evya fue fundada en 1991 por los hermanos Luis, Roberto y Francisco Javier Camargo Salinas, este último fue consejero del PAN en Campeche. Durante los gobiernos de Vicente Fox y Felipe Calderón obtuvo 40 contratos por más de 8 mil 255 millones de pesos de Pemex.
Sin embargo, en 2014 se denunció que había defraudado a Banamex por más de 30 millones de dólares, mediante un esquema similar al utilizado por Oceanografía, otra de las contratistas de Pemex.
En esa situación de crisis, Lozoya presionó a los fundadores de Evya para que entregaran el control de la empresa a Miranda, según denunció Javier Camargo.
Bajo la nueva administración, la firma cambió su nombre por el de Avalon Marine; sin embargo, en 2016 se declaró en incumplimiento de pagos por más de 3 mil 500 millones de pesos, lo que llevó al concurso mercantil y su intervención judicial, que incluye el nombramiento de un administrador designado por un juzgado, quien tiene el control total de la empresa.
El asunto llegó hasta la SCJN, donde el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena señaló que no procede la apertura de un segundo concurso mercantil y que las funciones del administrador designado por el juez son constitucionales, incluido el cobro de contratos pendientes.