El teletrabajo existe desde hace muchos años, pero también es verdad que se ha extendido en gran medida tras la pandemia mundial que nos asoló hace un tiempo. Debido a ello, muchas empresas han continuado con este modo de funcionamiento, lo que gusta a muchos trabajadores.
Por otro lado, hay ciertas compañías que poco a poco y tras haber superado esta importante crisis, están volviendo a la normalidad. Y cuando hablamos de normalidad, nos referimos a la vuelta a la oficina para trabajar de forma presencial como se hacía antes de la pandemia. Con todo y con ello y para todos aquellos que aún continúan trabajando desde casa, es importante conocer la ley que establece sus derechos en estos instantes.
Precisamente es en todo ello lo que nos queremos centrar en estas mismas líneas. Por tanto, a continuación os hablaremos de los puntos clave y derechos que establece la ley del teletrabajo en nuestro país ahora mismo. Esto nos ayudará en gran medida a solucionar determinados conflictos que tengamos con la empresa en este sentido. Asimismo conocer estos puntos clave también nos permitirá elegir, en caso necesario, si deseamos seguir trabajando de forma remota o nos interesa más volver a la oficina de forma presencial.
Y es que hay ciertas empresas en estos instantes que nos permiten elegir entre un modo u otro de seguir con nuestro empleo.
Conoce tus derechos y obligaciones en el teletrabajo
En el caso de que os encontréis en esta situación laboral, es recomendable echar un vistazo a estos puntos que os vamos a exponer a continuación.
- Acuerdo previo firmado. Es obligatorio firmar un acuerdo específico por escrito que regule las condiciones del teletrabajo. Se centrará en la distribución de la jornada o los medios utilizados.
- Mismos derechos laborales. Además, los teletrabajadores tienen los mismos derechos que aquellos que trabajan de forma presencial. Aquí se incluyen salarios o posibilidad de promoción.
- Respetar la igualdad. La empresa empleadora debe garantizar los mismos derechos en cuanto a género y otros aspectos para sus teletrabajadores.
- Gastos asociados al teletrabajo. La empresa debe asumir o compensar de algún modo los gastos generados por el teletrabajo y la actividad profesional.
- Desconexión digital. La empresa debe garantizar al trabajador la desconexión fuera del horario laboral establecido de antemano.
- Derecho a la formación tecnológica. Asimismo la propia empresa debe proporcionar la formación necesaria para el uso de las nuevas tecnologías asociadas al empleo y al teletrabajo como tal.
- Elección voluntaria. Este modo, el teletrabajo, debe ser voluntario tanto para el trabajador como para la empresa y debe ser reversible en cualquier momento para volver al trabajo presencial.
- Duración del empleo. En el teletrabajo también debe existir un acuerdo firmado con el fin de definir claramente la duración del mismo.
- Respetar la intimidad del trabajador. Cierto es que la empresa puede usar ciertas medidas para verificar el cumplimiento del trabajo. Pero estas deben respetar la privacidad del trabajador así como la confidencialidad.
- Evaluar los riesgos del teletrabajo. En estos casos la empresa debe ser la responsable de evaluar ciertos riesgos asociados al teletrabajo. Todo ello con el fin de garantizar un entorno seguro para sus trabajadores en todo momento.
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Author: David Onieva