A lo largo de las últimas semanas se viene hablando mucho acerca de una importante novedad que afectará a muchos trabajadores en nuestro país. En concreto, nos referimos a la comentada en todo tipo de ámbitos, reducción de la jornada laboral a 37,5 horas.
Esta es una modificación que se lleva estudiando desde hace tiempo y parece ser que finalmente se hará efectiva, todo ello sin que el salario de los trabajadores afectados, cambie. Sin embargo, tal y como suele ser habitual en este tipo de cambios que se producen de forma masiva, no todo es tan bonito como lo pintan en un principio.
Os contamos todo esto porque de manera paralela el Ministerio de Trabajo también impondrá una serie de controles en esta reducción de la jornada laboral. De hecho, os vamos a hablar de un cambio que ha sorprendido a la mayoría, y para mal. Cabe mencionar que el Ministerio liderado por Yolanda Díaz estudia imponer importantes multas a aquellos trabajadores que no cumplan el horario mencionado.
Esto es algo que se hará efectivo tanto para los trabajadores autónomos como para sus empleados si no cumplen las horas estipuladas por Ley. Básicamente, esto quiere decir que si no se respetan los tiempos tras aplicar la reducción de jornada, esos trabajadores podrían enfrentarse a importantes multas. Esto es algo a lo que se podrían enfrentar los trabajadores si no cumplen con el correspondiente registro de trabajo durante la reducción de jornada.
Además, es fundamental saber que con el cambio actual impuesto por el Ministerio de Trabajo, la multa la tendría que asumir la empresa por cada trabajador de manera individual, no de forma conjunta como hasta la fecha.
Tipos de infracciones y multas asociadas
Esta es una modificación que se lleva tiempo hablando y negociando por parte del Gobierno, los sindicatos y la patronal. Llegados a este punto, cabe mencionar que todo hace pensar que la modificación, si no se cumple el horario reducido en el teletrabajo, se implantará más pronto que tarde.
Eso sí, debemos tener en consideración que dependiendo de la gravedad de la infracción, las multas que se impondrán, variarán de manera ostensible. De hecho nos vamos a encontrar con 3 tipos de infracciones que os describiremos a continuación.
Infracción leve. Aquí la multa puede oscilar entre 60 y 625 euros por cada jornada laboral que no se respete el horario. Esto se produce siempre y cuando la empresa no haya informado de manera adecuada acerca de estas modificaciones y las nuevas condiciones laborales.
Infracción grave. Si se producen errores en el registro de las horas o no se cuentan correctamente las extras, aquí la multa varía hoy entre 625 y 6250 euros.
Infracción muy grave. Este es el caso en el que se pueden alcanzar los 187000 euros de multa si se detectan impagos o retrasos importantes en los salarios. También se pueden dar por el uso indebido de menores, ya que se considera una significativa vulneración de la legislación laboral.
Es bastante probable que estas nuevas medidas no estén demasiado bien vistas por la mayoría cuando entren en vigor. Además, todo esto es algo que se hará efectivo tanto para los trabajadores presenciales como para los que lo hagan desde casa.
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Author: David Onieva